Ver la Versión Completa : Accidente SIN SEGURO
elnenpetit
02/12/03, 21:38:22
Hola moter@s.
Problemilla que os cuento.
Resulta que tengo una GPX que no saco en muchos años, cuatro en concreto. Pero hoy la e sacado, para lo de la ITV y para llevarla al taller y que la pongan a punto.
El caso es que la e dejado aparcada y un camion la a golpeado, con la mala fortuna de romper el chasis trasero y lateral. Se a echo un parte amistoso y tengo los datos necesarios.
Mi problema es que todavia no la tengo asegurada, y ademas no estoy circulando con ella. Pues antes de nada me tengo que asegurar de que la moto funcionara bien despues de tantos años parada. No voy a asegurarla ni gastarme el dinero sin que antes pase por el taller.
Para llevarla a la ITV use un remolque y en el momento del incidente estaba esperando que el mecanico llegara con el remolque para llevarla al taller.
En fin, decidme que debo de hacer para que me pagen los daños ocasionados y como debo de hacerlo.
La logica me hace pensar que si un vehiculo esta estacionado no incumple ninguna infraccion por no tener seguro, por lo tanto el que origine unos daños debe responder por ellos. Pero bueno mi logica no necesariamente a de ser la correcta.
En fin, asesorarme como mejor podais.
Gracias amig@s.
no te digo nada seguro, pero a unos colegas les paso que circulando sin seguro un coche se salto un stop y les arreo.
llegaron a juicio ellos pagaron la multa por circular sin seguroy en juicio la compañia contraria pago le pago a ellos por el accidente.
asi que no creo que tengas problemas para cobrar aunque no tengas seguro pero te tocara hacerlo todo por tu cuenta y en un momento dado contratar un abogado.
que tengas suerte y sea rapido
elnenpetit
02/12/03, 21:59:16
Algo asi suponia.
Necesito saber que diferencia puede haber entre un vehiculo que este estacionado y uno que este circulando y ambos sin seguro.
Porque estoy seguro de que la diferencia para este tipo de echos a de ser importante.
Imaginaos la de vehiculos que hay aparcados y no circulan porque no tienen seguro.
O esque van a obligar al que no circule porque no tiene seguro a ponerle un letrero bien grande al vehiculo o a guardarlo forzosamente en un taller.
Si un vehiculo esta estacionado supongo que sera lo mismo que una farola o que cualquier otro objeto. Si lo dañas lo pagas.
Yo no tengo inconveniente en ir a juicio y que se me denuncie por no tener seguro, pero eso si, siempre que este circulando. Pero si estoy estacionado........
Aqui digo que la moto la e sacado del garage sin arrancar y la e dejado en la calle sin arrancar. Y es verdad. Pero.........
En fin. Supongo que de alguna manera, tanto la aseguradora del camion como el propietario se van a hacer los "longuis".
Ya veremos..........
Gracias.
Crivilleitor
02/12/03, 22:03:12
Es mas o menos lo que te ha dicho namon, tendrás que hacerte cargo de todo, buscar abogado, procurador y demás, te aconsejaría que valorases los daños de la moto, antes de buscar un abogado y procurador, pues te vaya a costar más el collar que el perro, pues muchas veces suele pasar, si tienes algún coleguita abogado, y si además está puesto en temas de accidentes, mejor que mejor.
Pues lo dicho Suerte.:( :(
elnenpetit
02/12/03, 22:10:16
Pues imagina, el colin de la GPX ya lo e cambiado en varias ocasiones porque es una m****a y en nada que te apoyas se rompe.
El colin vale unos 180€. Igual me e quedado corto.
Una placa lateral no lo se, pero la broma no se escapa de los 300€.
En todo caso, si vas a juicio, la parte contraria ademas de los gastos de la reparacion paga tambien los gastos de abogados de la parte que a ganado el juicio.
Sinceramente, a no ser que el tio se quiera escaquear, que seguro que querra escaquearse :uy , le sale mas barato llegar a un acuerdo que todo el lio.
Porque el colin trasero se lo cambio yo y la placa tambien. En 15 minutos esta echo. Si por esta tonteria entra al taller......... la factura se dispara.
Ademas, ya e pensado en decirle al tio que el mismo lo compre y que me lo de. Sin mas rollos.
Hasta luego.
Crivilleitor
02/12/03, 22:12:00
Tienes una ventaja, un vehículo que no esta circulando no puede ser denunciado, por el hecho de estar estacionado, pues sin movimiento no puede hacer daño alguno, y lo que se asegura es daños a terceros, y demás coberturas, pues seguro que lo que si tienes pagado es el impuesto de circulación, que te da derecho a usar la vía pública.
Además dejemonos de rollos, dices que a la ITV, la llevastes en un carrito, correcto, pues una declaración jurada del individuo en cuestión que te la llevo, si alguno de los mecánicos de la ITV, vió que efectivamente la llevastes en carro, idem de lo mismo, y para terminar, cuando estaba estacionada la moto estabas esperando de nuevo un carro y al mecánico, pues declarración jurada de este tambien, y a partir de aquí a pelear con el abogado primero, por lo de la minuta, y despues contra la Cía. de seguros o conductor del camión.
Hola elnenpetit, me presento, soy ixia, mira te voy a intentar ayudar en lo del siniestro sin seguro, la forma más facil y rápida de hacerlo y ademas te quitas de complicaciones, si conoces a alguien que te pueda hacer un seguro para la moto, se lo haces, pones el pago del mismo trimestral, ya que las cias. le haces un contrato anual, y para evitar estos casos algunas te piden el pago del año completo, pero otras no, busca alguna que no sea muy cara y cuando pasen dos o tres días, entregas el parte amistoso firmados por ambos, eso sí con fecha de el mismo día, no con anterioridad sino no serviría para nada y se te vería el plumero. Y como es un siniestro muy fácil, de un vehiculo estacionado con otro que circulaba no ahí problema, así evitas abogados, minutas, jueces y demás.
Y luego cuando te arreglen la moto sino quieres no pagues el proximo recibo del seguro, pues al ser pago fraccionado y devolver el recibo la cia. te anulá la poliza.
Saludossssssssssss
CENTRALERO
02/12/03, 22:40:56
Y pk no intentas k te agan una propuesta en la compañia dnd tengas confianza ?? creo k asi ya vas algo mejor. o dar de alta el seguro 2 semanas antes o algo asi.. de esas tb se an echo ..
SALU2
Desesperao
03/12/03, 02:26:30
Hi Nen.
Siento lo ocurrido. :(
Pásate por la sección "Seguros"/ "Línea Directa con Pont Grup" y comenta allí tu problema. Seguro que ellos te darán el consejo más acertado. ;)
PD: muevo el post a una sección más adecuada. :)
elnenpetit
03/12/03, 06:11:12
Gracias a todos por las respuestas.
Veremos que pasa esta mañana cuando llame al dueño de la empresa.
Personalmente lo tengo claro, se ha echo un daño a un tercero por parte del conductor de un camion e indiferentemente que sea un vehiculo sin seguro u otro objeto, esa persona debe de responder por sus daños.
Otra cosa sera lo que la empresa de seguros que este propietario tenga contratada quiera responder.
Voy a hacer un comentario y que cada cual lo interprete como mejor le convenga.
Personalmente, como consumidor quiero que mi compañia de seguros pague todo aquel daño que yo tenga contratado, el echo de eludir cualquier pago por el motivo que sea y que descaradamente se vea que debe de asumir, no me gusta.
Esto me a pasado, soy dueño de un local publico, y quiero que mi compañia responda a todo, hasta la fecha siempre que a ocurrido algo, me a respondido bien. El dia que yo como consumidor vea que algo que una compañia quiere eludir, puede afectarme a mi en cualquier momento, dejare de confiar en esa compañia e inmediatamente cambiare.
Un saludo y repito, gracias por vuestra colaboracion.
ELNENPETIT, he leido tu post con atención y las respuestas que te han dado los demás foreros.
El vehículo estacionado en la vía pública no es susceptible de causar daños a terceros, y al no estar circulando no tiene que estar asegurado, al menos es mi opinión. Pero en el caso que planteas tu seguro es lo de menos, pues lo importante es que un tercero te ha causado los daños a ti, a tu propiedad, y por tanto debe indemnizar los daños y perjuicios ocasionados. Al causarse los daños con un vehículo a motor, existe responsabilidad solidaria del conductor del vehículo que te los ocasiuona y la compañía de seguros, y en el caso de que quien te ocasiona los daños no tuviera seguro, se haría cargo el Consorcio de compensación de seguros.
Dices que tienes un parte amistoso del siniestro, y por tanto tendrás los datos del propietario y el conductor del vehículo contraruio, su matrícula, y demás datos de identificación, así como de la compañía de seguros contraria. Lleva tu moto a un taller y que te hagn un presupuesto de la reparación, y una vez que tengas el presupuesto dirigete por fax a la compañía de seguros del contrario, concediéndoles un plazo para que s epongan en contacto contigo a fin de llegar a un acuerdo en la indemnización de los daños.
En el caso de que no contesten o no llegues a un acuerdo, haz un escrito al Juzgado de Primera Instancia de la localidad donde se haya producido el accidente, dirigido al Juzgado y contra el conductor del vehículo (también contra el propietario si es persona distinta del conductor) y contra la compañía de seguros, reclamando al final la cantidad a que ascienda el presupuesto (no puedes reclamar intereses porque lo que aportas es presupuesto, y por tanto no has hecho el gasto, aunque también tienes la posibilidad de costear tu la reparación y después reclamar la factura, en cuyo caso puedes reclamar los intereses). Al tratarse de un juicio verbal no será necesaria la asistencia de Abogado y representación de Procurador. Con el escrito debes acompañar el parte amistoso del accidente, el presupuesto que te han hecho en el taller, asi como el fax remitido a la compañía de seguros con el justificante de su envío (mejor si lo mandas mediante burofax con acuse de recibo y certificación del texto). Se te citará a juicio, se practicará la prueba, y probablmente lo ganes si no lo haces demasiado mal.
Los gastos de abogado y procurador, solamente se incluyen en el concepto de costas del juicio, cuando es obligatoria su intervención, y en principio en el juicio verbal no lo es. A no ser que tengas el domicilio fuera del partido judicial en el que tenga competencia el Juzgado que deba conocer del asunto. En este caso si te haces valer de Abogado y Procurador, en las costas se incluirán los gastos, pero en cuanto a la minuta del Abogado sólo en una cantidad que no ascienda de un tercio de la cuantía de la demanda, es decir de una tercera parte de lo reclamado. A excepción de que se declarara la temeridad o mala fe de los demandados en cuyo caso pagan la totalidad de la minuta del abogado.
Personalmente no puedo estar de acuerdo con IXIA, porque la solución que te propone además de poder constituir un fraude (estafa) a la compañía de seguros en cuestión, no la considero viable. Lo determinante para el seguro es la fecha del accidente, y en la fecha en que ocurre no tienes seguro. Modificar la fecha del parte de accidente a un momento posterior a la suscripción de la póliza de seguros, puede ser constitutivo de un delito de falsedad en documento privado, en concurso real de delitos con el delito de estafa, si es que llega a colar y a consumarse el engaño a la compañía de seguros. Así que, sigue el consejo que quieras, pero mucho cuidado. E IXIA, hay que tener mucho cuidado con los consejos que se dan. No sé si eres o no profesional del derecho: si lo eres ojo con la responsabilidad civil; si no lo eres, además de advertirlo para no inducir a confusión, ten en cuenta que puedes estar induciendo a la comisión de un delito, y todo queda escrito.
En fin, espero que te haya servido de ayuda, y perdón por la tardanza en la respuesta pero ando muy liado.
Suerte y Vsssssssssssssssss
Crivilleitor
03/12/03, 22:05:16
Muy bonito ixia, eso era lo que yo intentaba de no decir y vas tú y lo sueltas, no miras por los intereses de otros, jejejeje:D :D
Saludos en vsssssss y ráfagas:discusion :discusion
P.D. Deberías de pasar por la zona de presentación e invitar a unas birras virtuales, no crees.
Xa Desesperao, convencela para entrar y presentarse, ademas nos sería de mucho interés, pues de esto de los segurillos, entiende un rato.
Ixia perdona por el compromiso creado, jeje
:beso :ok
elnenpetit
04/12/03, 05:02:29
Bueno, ante todo, repito las gracias por vuestra aportacion, incluida la de IXIA. No creo que su opinion sea malintencionada, ademas, eso que propone a todos se nos pasa por la cabeza cuando sucede algo de este tipo, asi que por la parte que a mi me toca atiendo su opinion y la respeto igual que la del resto de vosotros.
El caso es que despues de informarme de todas la maneras posible, tengo cada vez mas claro que sin necesidad de aportar NADA a la compañia que asegura al camion que me a golpeado, los costes de la reparacion los tiene que afrontar con todas las consecuencias.
E hablado con mi abogado particular y su opinion es que no hay lugar a dudas. El echo de no tener seguro no te excluye de los daños que te hagan. Independientemente de que estes en circulacion o no.
Asi que toca esperar, tener paciencia y supongo que la proxima semana a meter la moto al taller y repararla.
Un saludo a todos y muchas gracias por vuestros comentarios, todos ellos soy consciente de que los habeis echo con la mejor de las intenciones.
Hasta luego.
Escrito originalmente por
elnenpetit
Bueno, ante todo, repito las gracias por vuestra aportacion, incluida la de IXIA. No creo que su opinion sea malintencionada, ademas, eso que propone a todos se nos pasa por la cabeza cuando sucede algo de este tipo, asi que por la parte que a mi me toca atiendo su opinion y la respeto igual que la del resto de vosotros.
Por supuesto que se respeta, aunque no se comparta, al menos por mi parte. Eso siempre.
Pero son conductas y actitudes como esas que se recomiendan, las que después hacen que las compañías aseguradoras y los jueces desconfíen de cualquier pretensión. Ellos también saben que cuando ocurre una cosa así "lo pensamos", y cuánto más "lo hacemos". Y lo que no debe olvidarse nunca es que de un accidente se puede obtener una indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pero lo que no es lícito, en modo alguno (ni jurídica, ni moralmente -aunque no es mi terreno el de la moral-) es hacer un negocio con un accidente. Y las cosas hay que mirarlas y valoarlas desde todos los puntos de vista: ¿si algún día ocasionas un accidente y te vieras obligado a pagar de tu bolsillo los daños ocasionados, te gustaría que te los inflaran?. Pues hay que ser consecuente.
No se si era o no malintencionado, pero lo que proponía era una estafa en toda regla, y por tanto la intención, cuando de un delito se trata, muy buena no creo que sea. Es cierto que nadie puede ser juzgado ni condenado por sus intenciones, per el que la hace debe pagarla.
Por supuesto, sin acritud.
Vssssssssssssss
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