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Ver la Versión Completa : Garantia de 2 mano???


BULLIT2
03/01/04, 01:39:22
¿¿¿Existe algun tipo de "garantía" entre comprador y vendedor ambos particulares???... De existir, que condiciones tiene que cumplir la compra/venta???...

Gracias por adelantado...!!! La semana que viene tengo Bandit de segunda mano y quiero dejar claras todas esas cosillas.


Feliz 2004 a tod@s

donald
04/01/04, 21:43:46
BULLIT2, depende de lo que pactes en el contrato. Rige la voluntad de las partes. De todas formas siempre tienes acción por los vicios ocultos de la cosa, excepto que pkngas en el contrato que conoces la moto y la recibes en el estado en que se encuentra, como cuerpo cierto, que conoces y aceptas

Vssssssssssss

BULLIT2
05/01/04, 04:04:52
Donald, amigo mio.... soy consciente de que me estoy convirtiendo en tu peor pesadilla (con lo tranquilito que estaba este apartado del foro sin mi...), pero weno... Te comento mi forma de proceder:

Compro la moto y realizo un contrato de compra/venta entre particulares (redacto algo en plan: Yo fulanito con DNI compro a Sr Menganito... bla, bla, bla por tantos €... y las firmas correspondientes) que no será mayor de tres renglones (sin incluir eso de "como cuerpo cierto, que conozco y acepto").

Posteriormente me voy a la casa Suzuki y le paso la revision y la limito si todo va OK... Si en esa revision (posterior a la venta) me comentasen que hay un problema gordo en la moto y que no era apreciable a "simple vista u oido"... ¿podría reclamar algo al vendedor? (¿¿¿Eso es a lo que te refieres con el fragmento: "tienes acción por los vicios ocultos de la cosa"???...)


Siempre me costó mucho trabajo en el instituto el análisis de los textos Jurídicos (no encontraba los Objetos directos ni los complementos circunstanciales, etc... jejeje). Gracias por tu aclaración.

donald
05/01/04, 09:23:52
BULLIT2, progresa adecuadamente :D :D :D

A eso me refiero, si, pero que en la casa SUZUKI te lo digan por escrito. De ntodas fgormas siempre es mejor prevenir. Que te dejen la moto para hacerle esa revisión, o entrega una señal a cuenta, haces la revisión, y en función de su resultado compras o no. En la entrega de señal documentala: Se entrega la señal de ..... a cuenta de la compra de la moto por importe de ....... quedas facultado para someter a revisión en taller autorizado la motocicleta. Si hubiera algún defecto de entidad, podrás recuperar la señal.

Vssssssssssss

Jandro
22/01/04, 03:37:51
En todo caso, Donald, si mal no recuerdo, y desde el pasado mes de Octubre quedo aprobada la nueva ley de garantias, la cual abarca por primera vez las transacciones realizadas entre particulares, ademas de ampliar dicha garantia al plazo de un año en caso de ser vehículos de ocasión o segunda mano, la cual afecta asimismo cuando la venta la realizan dos particulares, aunque entiendo que debe hacerse expresa mencion a la garantia que el vendedor ofrece sobre dicho vehículo, no?

donald
22/01/04, 08:30:05
JANDRO, para mi es bastante discutible que este tipo de compraventas entre particulares esté bajo el ámbito de aplicación de la ley a la que te refieres (BOE 165, de 11 de junio de 2.003). No obstante, lo que rige es la libertad de pactos entre las partes, y para los casos en que sea de aplicación la referida ley, ésta debe considerarse una ley de "mínimos".

Vssssssssssssss