CarlosHNP
10/02/04, 14:01:47
Despues de oir muchos comentarios alrededor mio y por internet me he decidido ir esta mañana a hablar con una delegación o comandancia del Seprona hubicada al Sur de la Comunidad de Madrid, en Villamanta. Ahora mismo lo que ellos exigen es lo siguiente para la circulacion por caminos:
- velocidad maxima 40Km/h.
- se puede circular por cualquier camino, da igual la anchura que tenga, menos por Vias Pecuarias y monte a traves o arados, al igual que por fincas privadas.
- si es temporada de caza y nos encontramos una señalización de Coto Privado de Caza, aunque sea un camino publico, lo mejor es que nos demos la media vuelta, no porque nos puedan dar un tiro, si no porque tambien está prohibido.
- no es obligatorio el uso del casco, lo he preguntado porque decian que ahora si que lo era, pues no.
- no hay un numero de limitación de quads como tambien habia oido, si son cuatro como si son cuarenta no nos pueden decir nada.
- y esto es lo ultimo y más importante, me lo ha enseñado de un fax con el acuse de recibo de la DGT y fotocopia de un libro de reglamentación de la propia DGT. A parte de que todos lo papeles esten en regla, es necesario el carnet A. Si, ahora mismo en la Comunidad de Madrid si no tienes el A te multan.
Otra cosa es que se recurra y que su resultado sea el que Dios quiera, pero si no llevas el A te multan.
Tambien me han dicho que si no llevamos intermitentes estamos obligados a llevar el rotativo.
No os creais que es coña, si hay alguien que no se lo crea que lo compruebe el mismo. Tan solo lo digo como consejo y por el bien de todos para estar prevenidos.
Mi opinion final es que aún no se si es por conveniencia o bagantoneria, pero eso de que para unas cosas nos consideren motoristas y para otras como vehiculos especiales....... o tienen la picha hecha un lio o se quieren reir de nosotros
- velocidad maxima 40Km/h.
- se puede circular por cualquier camino, da igual la anchura que tenga, menos por Vias Pecuarias y monte a traves o arados, al igual que por fincas privadas.
- si es temporada de caza y nos encontramos una señalización de Coto Privado de Caza, aunque sea un camino publico, lo mejor es que nos demos la media vuelta, no porque nos puedan dar un tiro, si no porque tambien está prohibido.
- no es obligatorio el uso del casco, lo he preguntado porque decian que ahora si que lo era, pues no.
- no hay un numero de limitación de quads como tambien habia oido, si son cuatro como si son cuarenta no nos pueden decir nada.
- y esto es lo ultimo y más importante, me lo ha enseñado de un fax con el acuse de recibo de la DGT y fotocopia de un libro de reglamentación de la propia DGT. A parte de que todos lo papeles esten en regla, es necesario el carnet A. Si, ahora mismo en la Comunidad de Madrid si no tienes el A te multan.
Otra cosa es que se recurra y que su resultado sea el que Dios quiera, pero si no llevas el A te multan.
Tambien me han dicho que si no llevamos intermitentes estamos obligados a llevar el rotativo.
No os creais que es coña, si hay alguien que no se lo crea que lo compruebe el mismo. Tan solo lo digo como consejo y por el bien de todos para estar prevenidos.
Mi opinion final es que aún no se si es por conveniencia o bagantoneria, pero eso de que para unas cosas nos consideren motoristas y para otras como vehiculos especiales....... o tienen la picha hecha un lio o se quieren reir de nosotros