Ver la Versión Completa : Moto limitada en papeles.
Buenas a tod@s.
Ahí va mi duda... Tengo la moto limitada correctamente, papeles y el kit montado. En el concesionario me han dicho que cuando pasen los 2 años, desmonte el kit, pero que siga con la moto limitada en la documentación, que así es mas facil de vender...
La duda es que si así no vas ilegal, pues en los papeles pondrá 34 Cv. y la moto tendrá 100Cv.
Sanciones ?, problemas con el seguro en caso de accidente?, DUdas, dudas y más dudas.
Ojo no es por los 18€ de la ITV, por esa cantidad no me la juego.;)
Espero vuestras respuestas..
Vsss para tod@s.
Veo que estais todos como yo :p:
Pa zer la trampa si, pero pa volver a lo legal? :D
||kafre||
23/04/04, 13:36:42
yo la posibilidad que le veo es que, como la limitacion la pagas, la centralita de la inyeccion es tuya, con lo cual si tienes algun tomate puedes ir al taller, pedir que te pongan la centralita limitada y luego que miren lo que quieran, es lo unico que se me ocurre, porque como tenga que andar 2 años limitado me pego un tiro.
Giuseppe
27/04/04, 13:35:15
Escrito originalmente por
gually
En el concesionario me han dicho que cuando pasen los 2 años, desmonte el kit, pero que siga con la moto limitada en la documentación, que así es mas facil de vender...
La duda es que si así no vas ilegal, pues en los papeles pondrá 34 Cv. y la moto tendrá 100Cv.
Sanciones ?, problemas con el seguro en caso de accidente?
No veo q pueda haber ningún problema...yo no entiendo d leyes ni nada x el estilo...pero en este caso pienso q se debe aplicar el sentido común...es decir, si una vez pasados los dos años obligatorios d ir limitado pues luego se la kitas en la práctica...pero no en la teórica...pues pienso q no te habrás saltado ninguna ley...es q tampoco se q pone exactamente en la documentación...si pone moto LIMITADA...o x el contrario...LIMITABLE...hay diferencia en estos dos conceptos...ya q el primer concepto señala certeza y el hecho d q está limitada..y el segundo señala una posibilidad...con lo cual no habría q modificar nada en dicha documentación...pero ojo...estoy hablando sin tener la misma delante para poder saberlo ciertamente.
El problema puede estar en q a la hora d vender..pues pienso q evidentemente tendrás q informar al comprador d q en realidad no está limitada...aunq en papeles sí...esto para él puede ser un problema...si realmente es muy novato...y necesite llevar ese bicho limitado...pero podría ser una ventaja si el comprador ya es algo más experto y se ahorraría deslimitarla y todas esas cosas...
En la documentación (ficha técnica), te añaden un texto en la parte inferior que dice (mas o menos, no la tengo aquí),
"Modificación realizada el dia xx-xx-xxxx a 25Kw, según homologación numero xxxxxx, etc, etc, etc...."
Vamos que se ve claramente que la moto está limitada.
Y si me cambio el nombre? puedo dejar el DNI como estaba? Evidentemente no. La tarjeta del vehículo debe recoger y reflejar las características técnicas del vehículo en cuestión. Solamente en aquellos casos en que se establezca una horquilla (por ejemplo en el ancho de rueda, y no siempre) es posible que no se especifique exactamente el ancho de rueda que montas, pero en cualquier caso habrá de estar en el límite.
REl no adaptar la documentación a la nueva situación, es tanto como no llevar la documentación en regla, así que si han pasado los dos años, y quitas la limitación debe hacerse constar en la tarjeta, y para eso pasar la ITV. No te la juegues
Vssssssssssss
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