PDA

Ver la Versión Completa : Ya no hace falta llevar el recibo del seguro.


Daryon
06/11/08, 12:32:11
Hola a todos.
Imagino que ya lo sabríais, pero bueno, seguro que alguno andará despistado como yo...
Acabo de enterarme de que la DGT ha anulado la obligatoriedad de llevar el resguardo del banco para el seguro del coche.

Según la DGT ahora es recomendable, pero no obligatorio.

Y digo yo... ¿recomendable por qué? ¿Por si algún policía troglodita no conoce las normas?

Bueno dejando eso de lado, ¿vosotros lo sabíais?

A partir de ahora los agentes dispondrán de un dispositivo de consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.

He estado buscando y sólo he visto referencias a ello en los periódicos del País Vasco.

Aquí la normativa de la DGT donde podéis ver esta nueva característica:

[Sólo los usuarios registrados pueden ver enlaces.]

Un saludo.

NOTA DE MODERACIÓN: 2.14 Los usuarios deben usar un lenguaje cortés, respetuoso y gentil. Ningún usuario puede publicar material o contenido que sea conocidamente falso, difamatorio, insultante, acosatorio, vulgar, hostil, obsceno, profano, de orientación sexual, amenazante, racista o que fomente cualquier tipo de odio, ilegal en algún país o región, invasivo de la privacidad de alguna persona o que vulnere alguna ley o derechos de autor.

Amal38
06/11/08, 12:34:46
Es recomendable por si tienes un toque y rellenas el parte amistoso.
No lo sabia pero me da que va ha haber mas problemas.

Daryon
06/11/08, 12:40:24
No sé, yo he rellenado varios partes amistosos con el coche y nunca he necesitado el resguardo para nada. o_O!

Un saludo.

manosdepiedra
06/11/08, 13:09:18
yo el recibo no lo he llevado nunca, pero no es porque no tenga seguro, si no porque cuando me lo manda el banco se me olvida bajarlo siempre, menos en la moto, que me acordé un dia y lo bajé a la documentación.

V´ssssssssssssss

torete2.5td
06/11/08, 13:12:25
Hace días que salió sí.

Mayormente la recomendación es por lo del troglodita, jaja

ASTORCDE
06/11/08, 13:23:35
yo no lo sabia, gracias por la información.

Amal38
06/11/08, 13:39:40
No sé, yo he rellenado varios partes amistosos con el coche y nunca he necesitado el resguardo para nada. o_O!
Un saludo.
¿Con intervención de la policia, o sin?
Porque si el contrario no lo lleva ¿como sabes si es verdad que esta asegurado?
Al menos si ves el recibo ya sabes que si.

rossifumi46
06/11/08, 14:02:46
Yo tampoco lo sabía, gracias. Lo dejaré por si acaso, y tambien por pereza de ya no tener que sacarlo xD

AGUX
06/11/08, 14:37:49
Lo de recomendable es para en caso de accidente saber si el contrario tiene seguro, sino se podría rellenar el parte amistoso sin que una de las partes este asegurada.... es decir rellenarlo para nada, no por lo que comentais de los trogloditas.
Esos trogloditas a los que os referís son profesionales que seguramente conocerán el código de circulación bastante mejor que muchos de nosotros.

testos69
06/11/08, 14:43:27
No pesa ni abulta tanto como para dejar de llevarlo... :¿?

Más vale prevenir... :profe:

parrafazer
06/11/08, 15:20:24
Esos trogloditas a los que os referís son profesionales que seguramente conocerán el código de circulación bastante mejor que muchos de nosotros.

+1

GSalF
06/11/08, 15:28:02
No pesa ni abulta tanto como para dejar de llevarlo... :¿?

Más vale prevenir... :profe:

+1

Yo lo seguiré llevando, por lo que cuesta...

Daryon
06/11/08, 15:36:00
Esos trogloditas a los que os referís son profesionales que seguramente conocerán el código de circulación bastante mejor que muchos de nosotros.

No sería la primera vez, ni la última, que un guardia civil me dijese algo y al poco tiempo me encontrase con que no tenía ni puñetera idea de lo que estaba diciendo.

Por ejemplo, una vez estuve un buen rato discutiendo con uno porque decía que yo tenía que llevar la "L" aun teniendo más de 2 años de A1. Por hacerle caso estuve haciendo el gilipollas durante meses hasta que me dio por informarme. No tenía por qué llevarla.

V'ssss

torete2.5td
06/11/08, 16:00:45
pues sí, como todo en esta vida, hay trogloditas preparados y trogloditas que no saben por dónde andan, pero trolgloditas al fin y al cabo :D

Yo lo llevo en coche y moto.

NOTA DE MODERACIÓN: 2.14 Los usuarios deben usar un lenguaje cortés, respetuoso y gentil. Ningún usuario puede publicar material o contenido que sea conocidamente falso, difamatorio, insultante, acosatorio, vulgar, hostil, obsceno, profano, de orientación sexual, amenazante, racista o que fomente cualquier tipo de odio, ilegal en algún país o región, invasivo de la privacidad de alguna persona o que vulnere alguna ley o derechos de autor.

Rey29
06/11/08, 16:04:25
pues yo lo voy a seguir llevando,que no es mas que un papelito.
Mas vale que sobre que no que falte

santuki
06/11/08, 16:32:14
Un papelito más o menos, no pasa ná, yo prefiero tenerlo encima para futuros "amistosos" en accidentes (toco madera).

shaktale
06/11/08, 18:10:33
Por si acaso, mejor llevarlo y no cuestá ná. No vaya a ser que por no llevarlo te paralicen en cualquier carretera hasta comprobar que realmente existe, y eso lo pueden hacer, sin ninguna duda.

Lokko1612
06/11/08, 18:17:14
Por si acaso, mejor llevarlo y no cuestá ná. No vaya a ser que por no llevarlo te paralicen en cualquier carretera hasta comprobar que realmente existe, y eso lo pueden hacer, sin ninguna duda.

Ya te digo si lo pueden hacer! Yo lo seguire llevando para agilitar si algun dia me paran para comprobar que lo vean in situ y no tengan que hacer comprobaciones y tardar mas.

Amal38
06/11/08, 18:38:25
No sería la primera vez, ni la última, que un guardia civil me dijese algo y al poco tiempo me encontrase con que no tenía ni puñetera idea de lo que estaba diciendo.

Por ejemplo, una vez estuve un buen rato discutiendo con uno porque decía que yo tenía que llevar la "L" aun teniendo más de 2 años de A1. Por hacerle caso estuve haciendo el gilipollas durante meses hasta que me dio por informarme. No tenía por qué llevarla.

V'ssss
Normal, siempre hay quien no se entera de la mitad aunque haya aprobado.
A mi un par de la GC me metieron un potaje porque me decian que las letras que acompañan el num de motor y chasis debian ser iguales, cuando no es así, pero eso te pasa con 17 years y te jiñas.

Otras veces, las mas, me han ayudado siempre en la carretera si me han visto tirado y no tengo queja globalmente.

Cpt_morgan
06/11/08, 19:10:27
y si no lo llevo? ¿como demuestro al agente de policia que mi cabra si tiene seguro?
y si tengo un percance? como relleno el parte amistoso? ¿como se que el otro tiene seguro o no?

manosdepiedra
06/11/08, 19:45:42
hombre la verdad es que se portan bastante (por lo menos por mi experiencia) nunca me han dado ningun problema, si me han tenido que hechar una mano alguna vez lo han hecho, por norma general aunque no lleves el recibo se suele llevar la poliza con su numero, aunque lo mas eficaz es llamar a la policia si tienes algun golpe, aunque no hlla sido mucho, asi ellos lo comprobaran.

V´sssssssssssss

peedrosa
06/11/08, 20:52:08
Pues no lo sabía, pero como bien decís algunos mejor llevarlo, además ya acostumbrados ..... :D :D :D

Jandro
06/11/08, 21:40:19
Esta nueva "norma" no es mas que la aplicación a cuanto dispone el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, el cual dispone la no necesidad de presentar un documento del cual tiene copia la Administración... y eso no es nuevo, sucede que una vez mas, se estaban pasando la ley por el forro. No es el primer recurso que redacto y gano cuando denunciaban a algún amigo/compañero/cliente por "no presentar el recibo del S.O.A.", que llevaba de regalo negativo la cantidad de 60 €bros.
Bueeeeno, vamos poco a poco. Y lo de trogloditas, si con ellos os referiis a los policias y/o guardias civiles... ayyyy... que no aprendemos, tambien en ese colectivo estamos muchos, pero que muchos moteros de los que luchamos muy activamente por nuestros derechos.
V'sssssss

Jandro
06/11/08, 21:43:29
y si no lo llevo? ¿como demuestro al agente de policia que mi cabra si tiene seguro?
y si tengo un percance? como relleno el parte amistoso? ¿como se que el otro tiene seguro o no?

Desde hace algo mas de dos meses, en la Guardia Civil existe una aplicación llamada SIGO (cuyo significado no viene al caso), mediante la cual es posible comprobar mediante medios informáticos comprobar la tenencia o no del seguro por parte de un vehículo, así como la inspección técnica, aunque los datos sobre la ITV son menos fiables.

tonho.p
08/11/08, 18:16:40
Ya era hora que contasen con algún medio para comprobar la tenencia del seguro. A ver si se evita que la gente circule sin seguros.

Amal38
08/11/08, 20:45:59
Ya era hora que contasen con algún medio para comprobar la tenencia del seguro. A ver si se evita que la gente circule sin seguros.
Para eso me temo que no va ha servir, seguira habiendo un monton de gente que anda sin seguro ni carnet.

docNRG
08/11/08, 20:53:04
Para eso me temo que no va ha servir, seguira habiendo un monton de gente que anda sin seguro ni carnet.

Ahi le has dao!


P.D. Que pasa con la moderacion, que esta a la que salta?

sbd69
08/11/08, 21:00:49
Pues como por llevarlo seguro que no me van a denunciar, yo con el recibo junto a la documentacion y tranquilisimo.

Saludos !!!

triumpheros-st
08/11/08, 21:09:59
Esta nueva "norma" no es mas que la aplicación a cuanto dispone el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, el cual dispone la no necesidad de presentar un documento del cual tiene copia la Administración... y eso no es nuevo, sucede que una vez mas, se estaban pasando la ley por el forro. No es el primer recurso que redacto y gano cuando denunciaban a algún amigo/compañero/cliente por "no presentar el recibo del S.O.A.", que llevaba de regalo negativo la cantidad de 60 €bros.
Bueeeeno, vamos poco a poco. Y lo de trogloditas, si con ellos os referiis a los policias y/o guardias civiles... ayyyy... que no aprendemos, tambien en ese colectivo estamos muchos, pero que muchos moteros de los que luchamos muy activamente por nuestros derechos.
V'sssssss

uy uno del gremio.
ahora se supone, y solo digo que se supone, que en todos los cuerpos policiales existe la aplicacion informatica para la comprobacion de seguro,pero segun la modificacion si esto no se pudiese realizar,bien por que el programa falle o bien porque no se disponga de el, el agente sanciona al infractor por carecer de seguro,o sea con 1500 euros, y se da un plazo de 5 dias para justificar en trafico la tenencia del seguro en la fecha de la infraccion,en ese caso no acarrea la inmovilizacion por parte de los agentes, pero si por parte de la jefatura provincial de trafico pasados los 5 dias (que no se como lo van a hacer), en caso de comprobar que el vehiculo estaba asegurado se queda en 60 euritos.
recomendacion particular:no cuesta nada llevarlo y aunque no sea obilgatorio te puede evitar pasar una preciosa mañana en la sala de espera de trafico.
espero que os aclare un poco

aleks79
08/11/08, 21:12:58
anda,pues yo no sabia nada de eso,jejeje...gracias por la informacion...
vaya,lo acabo de leer to,y creo que seguirá siendo mejor llevarlo encima,total es un papellillo de na,que no estorba ni pesa...jeje

triumpheros-st
08/11/08, 21:13:06
Para eso me temo que no va ha servir, seguira habiendo un monton de gente que anda sin seguro ni carnet.

en madrid al menos hay mucho vehiculo camuflado que segun detecta la matricula del coche lleva un ordenador que indica al momento si no lleva seguro y se pillan a bastantes.
y en cuanto a lo de conducir sin carne,te puedo decir que se esta imputando a bastante gente y que se nota que van menos "sincarnet" circulando.

Jandro
09/11/08, 09:54:35
uy uno del gremio.
ahora se supone, y solo digo que se supone, que en todos los cuerpos policiales existe la aplicacion informatica para la comprobacion de seguro,pero segun la modificacion si esto no se pudiese realizar,bien por que el programa falle o bien porque no se disponga de el, el agente sanciona al infractor por carecer de seguro,o sea con 1500 euros, y se da un plazo de 5 dias para justificar en trafico la tenencia del seguro en la fecha de la infraccion,en ese caso no acarrea la inmovilizacion por parte de los agentes, pero si por parte de la jefatura provincial de trafico pasados los 5 dias (que no se como lo van a hacer), en caso de comprobar que el vehiculo estaba asegurado se queda en 60 euritos.
recomendacion particular:no cuesta nada llevarlo y aunque no sea obilgatorio te puede evitar pasar una preciosa mañana en la sala de espera de trafico.
espero que os aclare un poco

Pues si, uno del gremio. Y dicho sea de paso, precisamente lo que dicta la nueva norma es que esos 60 €britos a los que haces referencia ya no son aplicables como sanción por no llevar el seguro encima. No dudo que te tocase pegarte toda la mañana en la Jefatura de Tráfico, pero una vez comprobada la tenencia del seguro, sin mas problemas. Por otra parte, y hablando un poco desde la suposición, imagino que en las Jefaturas de Tráfico tambien tienen posibilidad de comprobar la tenencia o no del seguro obligatorio, asi que esperaré a que algun conocido tenga el percance que citas y a ver como sale. Imagino por otra parte, que si por problemas informáticos (que los hay y muchos), no pudiese comprobar el Policía o Guardia que proceda la tenencia de seguro, no creo que te denunciase por carecer del seguro por el hecho de que el tenga un problema que le impide comprobarlo, en todo caso y ha quedado dicho, TROGLODITAS hay en todos los gremios, y una vez solventado el problema no habría mas que, con la identificación del agente, iniciar un proceso, en principio penal contra el por un delito de "falsedad documental", a parte de la oportuna reclamación escrita dirigida al Ministerio del Interior en el Cuartel o Jefatura que procediese, reclamándole los gastos que te hubiese generado el perder toda la mañana en la Jefatura de Tráfico y el dinero no recibido por dia de trabajo que pierdes.
Es solo una idea, pero si tod@s reclamásemos ante las actuaciones de esos TROGLODITAS, te aseguro que evolucionarian a base de "palos" hasta el estado de homo actualis.
V'ssss

Amal38
09/11/08, 10:19:38
en madrid al menos hay mucho vehiculo camuflado que segun detecta la matricula del coche lleva un ordenador que indica al momento si no lleva seguro y se pillan a bastantes.
y en cuanto a lo de conducir sin carne,te puedo decir que se esta imputando a bastante gente y que se nota que van menos "sincarnet" circulando.

Pues ya es un paso adelante, a ver si se implanta en todas las comunidades, que conozco algun caso de gente que se ha pasado años conduciendo fuera de la ley.

arbandit
10/11/08, 18:33:14
Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio.
1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la
documentación acreditativa de la vigencia del seguro
obligatorio.
2. La vigencia del seguro obligatorio se constatará
por los agentes de la autoridad mediante la consulta al
Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.
En su defecto, quedará acreditada la vigencia del
seguro mediante el justificante de pago de la prima del
periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al
menos, la identificación de la entidad aseguradora, la
matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo,
el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del
seguro obligatorio.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor,
se considerará documentación acreditativa de la
vigencia del seguro la copia cotejada del justificante de
pago de la prima, en la forma que determine la Dirección
General de Tráfico.
3. El incumplimiento de la obligación de presentar la
documentación justificativa del seguro será sancionado
con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la
correspondiente denuncia ante la autoridad competente
en los términos previstos en el artículo 3.1 del texto refundido
de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la
circulación de vehículos a motor.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor,
sus titulares quedarán exentos de responsabilidad
administrativa siempre que en el plazo de los cinco días
siguientes a la notificación que se les haya efectuado justifiquen
que tenían contratado el seguro obligatorio


Creo que me he perdido, pero no veo donde dicen que no es necesario el recibo, siguen hablando de los 60 euros
v´sssssss

eugeniosh
19/11/08, 18:21:24
Recomendable, porque si no pueden comprovar que el vehículo está asegurado, te denuncian por no tenerlo y luego demuestra tu que lo tienes. Además te immobilizan el vehículo. Con lo que mejor llevarlo. La ventaja, es que ahora no te multan por no llevarlo.

Jandro
20/11/08, 08:42:13
Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio.
1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la
documentación acreditativa de la vigencia del seguro
obligatorio.
2. La vigencia del seguro obligatorio se constatará
por los agentes de la autoridad mediante la consulta al
Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.
En su defecto, quedará acreditada la vigencia del
seguro mediante el justificante de pago de la prima del
periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al
menos, la identificación de la entidad aseguradora, la
matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo,
el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del
seguro obligatorio.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor,
se considerará documentación acreditativa de la
vigencia del seguro la copia cotejada del justificante de
pago de la prima, en la forma que determine la Dirección
General de Tráfico.
3. El incumplimiento de la obligación de presentar la
documentación justificativa del seguro será sancionado
con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la
correspondiente denuncia ante la autoridad competente
en los términos previstos en el artículo 3.1 del texto refundido
de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la
circulación de vehículos a motor.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor,
sus titulares quedarán exentos de responsabilidad
administrativa siempre que en el plazo de los cinco días
siguientes a la notificación que se les haya efectuado justifiquen
que tenían contratado el seguro obligatorio


Creo que me he perdido, pero no veo donde dicen que no es necesario el recibo, siguen hablando de los 60 euros
v´sssssss

Precisamente lo que hace la norma de nueva publicación es la derogación del apartado 3º del texto legal que citas, logicamente ahi no lo ves, tendrías que buscarlo en el BOE. Del mismo modo, si te vas al código penal anterior al vigente, verás que esta penado el adulterio... pero ya te digo, no sufras que esta derogado. ;)