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Ver la Versión Completa : Nueva Ley Permiso Conducir 125CC


PONT GRUP
14/10/04, 18:33:57
Estimados Foreros
La nueva normativa entra en vigor el próximo día 19 de octubre, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, publicado el 19 de julio de 2004 y cuya entrada en vigor se establece a los tres meses de su publicación. El Real Decreto establece "textualmente" lo siguiente:

<< Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1>>.

Un saludo
Ibon

Marga
04/02/08, 19:27:52
Hola, buenas tardes.

Agradecería me informaran sobre la nueva ley que ha entrado este año en vigor sobre la conducción de motos 125 cc. ¿Afecta sólo a las persona que tenga menos de tres años de carné B o a todos?

Muchas gracias. Un saludo,

Marga.

Lukef10
26/12/08, 15:20:03
tengo grandes dudas sobre esta ley y no encuentro quien me las resuelva.
Tengo carnet B desde hace año y medio y ahora me iba a comprar una moto de segunda mano de 125 o de 49cc, me sirve el B como antes o tengo que sacarme carnet especifico??gracias y por favor contestadme

amsunamun
26/12/08, 21:08:44
Ese carnet con esa antiguedad para 49 cc. vale pero no para 125 tienes que tener 3 años.

fernandoba
05/01/09, 01:15:40
yo tengo una pregunta que ya plantee en un post pero al final quedó sin resolver.
es la siguiente: me acabo de sacar el A1 y ahora mismo tengo 17 años, ¿puedo llevar pasajero?
como ya he dicho anteriormente no me quedó del todo claro y si alguien me lo aclara antes de que me pare la policia y me lo ``epliquen´´ ellos con una receta de las suyas jeje

nanicox
06/01/09, 13:07:27
Personalmente entiendo que la limitacion del pasajero esta en la Licencia de conduccion. NO en el vehiculo. Me resulta incoherente que con 17 años y el A1 puedas llevar pasajero en una moto de 125cc. Y en una scotter de 50 cc no puedas.

Esa es mi opinion, pero tendriamos que contrastarlo con algo mas. Si nadie responde te diria que te pases por un cuartel de la policia local de tu ciudad y preguntes. En cualquier caso no resultara vinculante pero al menos tendras un criterio que utilizan para ejecutar la ley.