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Ver la Versión Completa : Hasta cuanto tumbar??


m92cazaj
09/03/10, 20:27:30
Ya se que normalmente depende del GC en cuestión, pero más o menos, cuanto creeis que se puede tumbar en carretera sin que sea sancionable.
Que conste que yo no voy tocando rodilla ni mucho menos en carretera, mas que nada porque soy relativamente nuevo con la moto.


V'sssss

DaNNz
09/03/10, 20:32:27
Pues necesariamente no se debe tumbar en una carretera, ya que no sabes ni con lo que te vas a topar.

No sé cuantos grados de inclinación estan permitidos exactamente.. vamos, pero que si te ven ten por seguro que te haran receta.

m92cazaj
09/03/10, 20:34:22
Podria caer una temeraria?

Mas que nada lo digo, porque esta tarde he salido ha dar una vueltecilla con el buen tiempo en plan muy tranquilo, y viendo para casa hay unas cuantas curvas, aunque no muy cerradas, y me he emocionado un poco, vamos que el limite era 100 y yo iba sobre 115, cuando veo venir a un coche de la GC de frente, por eso no se si tienen alguna forma de tomar la matricula a la moto, aunque he tumbado muy poco.

V'sssssss

MrCubatero
09/03/10, 20:38:18
No sabia que multaran por eso... lo que cuenta no es que vayas a la velocidad indicada?

Guaroj
09/03/10, 20:46:12
Hombre, lo de tumbar le veo la contra de que ocupas más espacio, pero en realidad depende de la curva, no? si es muy cerrada y vienes alegre no te queda más remedio que tumbar y si descuelgas, mejor que mejor, así no tienes que inclinar tanto la moto!!! el que se lo tome como un acto temerario me parece que se equivoca ya que las motos giran tumbando, el día que tengamos cuatro ruedas en nuestras burras dejaremos de tumbar y de disfrutar(es solo una opinión). Y con respecto a la moto de m92cazaj, no creo que puedas tumbar demasiado con esa moto sin rascar las estriberas ya que tu moto es muy baja de estriberas y de escape, ojo.

Yojimbo
09/03/10, 21:01:14
Mientras no ocupes con ninguna parte tuya ni de la moto el carril contrario como si quieres saludar al asfalto con la oreja.

Skaos
09/03/10, 21:11:01
Te podrán multar si vas descolgando...que pueden interpretarlo como condución temeraria...

xGuaroj: No se como tendrá de bajas las estriberas la Hornet,pero tengo una Z y puedes hacer muy buenas tumbadas sin que te rocen... Por ejemplo en la foto (noparece que las lleves cambiadas),es una buena tumbada y no rozas con las estriberas...no les queda mucho,pero no tocas.

V´s

rossifumi46
09/03/10, 21:58:38
Seguramente haya alguno que te multará sólo con verte las deslizaderas gastadas... después si te apetece recurres o pagas cuanto antes para cojer el descuento...

xto
09/03/10, 22:12:31
Seguramente haya alguno que te multará sólo con verte las deslizaderas gastadas... después si te apetece recurres o pagas cuanto antes para cojer el descuento...
Como sea por tener las deslizaderas gastadas,Rossifumi te veo sin carnet hasta el 2020 :meparto:

johny_biker
09/03/10, 22:53:52
Pues que quereis que os diga..yo tengo claro que si no me descuelgo no doy la curva,así de claro.No voy tocando avisadores ni rodilla pero me niego a ir como un bulto encima la moto.
Claro que mido 1.93 y soy corpulento y mi moto a veces parece enana,no me queda otra que descolgarme..aunque a cierto modo parece que me descuelgo más porque abulto más y la moto me es más pequeña..(que me van a decir si no quepo dentro de la moto???)

Temerario sería para mí hacer la curva e ir metido dentro de la moto sin tener maniobrabilidad.
Además,me salgo de la moto pero la moto la mantengo bastante recta(lo importante es levantar el cuerpo para rectificar..algo que es facil porque la fuerza centrífuga siempre va en lado opuesto..)distinto sería plegarse con la moto ya que tienes que levantarte tú y la moto(y con tantos imprevistos en carretera eso sí lo veo arriesgado).
No se trata de ir pilotando,pero hay que moverse encima la moto,quien quiera ir como un bulto encima la moto que lo haga,pero ya verá con el tiempo que más de una curva no la da..(y no hablo precisamente de ir a velocidades altas).

s.torpedo
09/03/10, 23:18:34
yo me estoy sacando el a2, y en el libro no pone nada de los angulos de inclinacion, es mas te dice q hay q inclinar para hacer una curva, lo q dice esq no hay q sacar la rodilla, hay q llevarla pegada al deposito; pero bueno no creo q te paren por hacer eso...

javito_rs2
09/03/10, 23:30:09
si...pegaa al deposito...claro...
pero quien hace esos manuales???

xto
09/03/10, 23:33:41
yo me estoy sacando el a2, y en el libro no pone nada de los angulos de inclinacion, es mas te dice q hay q inclinar para hacer una curva, lo q dice esq no hay q sacar la rodilla, hay q llevarla pegada al deposito; pero bueno no creo q te paren por hacer eso...

Eso no lo puedes hacer ni con la Vespa de la autoescuela :eek:

Guaroj
09/03/10, 23:39:12
xGuaroj: No se como tendrá de bajas las estriberas la Hornet,pero tengo una Z y puedes hacer muy buenas tumbadas sin que te rocen... Por ejemplo en la foto (noparece que las lleves cambiadas),es una buena tumbada y no rozas con las estriberas...no les queda mucho,pero no tocas.

V´s
esa hornet la vendí con las estriberas originales cortadas en diagonal como un put* fuet. Te digo que la hornet aunque endurezcas al máximo en monoamort. y aunque le quites los avisadores, rascas con los estribos que es una pasada, es muy baja y creo que es un defecto que tiene y muy poca gente comenta, ni en las comparativas de revistas se habla de ello.

Jandro
09/03/10, 23:40:26
Mientras no ocupes con ninguna parte tuya ni de la moto el carril contrario como si quieres saludar al asfalto con la oreja.

Exacto, pese a mi escasa afinidad con el Reglamento General de Circulación, dado que el Reglamento y la Ley que lo lleva a cabo, están en Internete, lo he leído y no hay recogido en ningún párrafo que sea sancionable inclinar hasta que te arañes las orejas, no obstante... ojito, que está por ahi contemplado como sanción el "circular de modo temerario"... y ahi está la subjetividad del concepto: ¿Es temerario circular tumbando (mucho-poco-muchísimo), en carretera abierta? Bajo mi punto de vista (como motero, ante todo), no me cabe duda. Ahora solo te queda tener suerte y que el agente con el que te cruces no tenga el mismo concepto que yo. Porque... ¿No es temerario inclinar demasiado, compromentiendo con ello la capacidad de reacción y/o rectificación en caso de aparición inopinada/imprevista/brusca de un perro, una mancha de aceite, un tractor, una mancha de barro, otra moto que ha caído cien metros antes que tu, un peatón caraja... ?
En mi opinión, el grado de inclinación no es necesariamente un indicador de la velocidad que lleves o de lo bien o mal que estes trazando una curva, pero de lo que no me cabe duda es de que la posición mas natural es la mantenida en la medida de lo posible lo mas vertical posible, y que a mayor inclinación, menor capacidad de maniobra asi pues...
OSTIAAAA que ladrillo!!!! Lo que hace tener un rato de tiempo libre, eh?

Guaroj
09/03/10, 23:44:07
Como sea por tener las deslizaderas gastadas,Rossifumi te veo sin carnet hasta el 2020 :meparto:
No se las pudo haber gastado rodando en un circuito otro día?

Faust
10/03/10, 00:18:54
Hombre, podéis aplicar todas las teorías que queráis, pero si un poli te piílla tocando rodilla te puede multar por conducción temeraria, normalmente todas las curvas o tramos de curvas tienen un limite de velocidad, si lo respetas no creo que de para tocar mucha rodilla, ni que cada cual conduce de su forma, pero por su puesto que te pueden meter una receta por conducción temeraria, si te ven muy plegado en una curva, lo primero que te dirán será "esto no es un circuito y carnet de conducir" jeje

En tu caso porque te cruzaras con ellos en mitad de una curva no pasa nada, si quisieran algo darían la vuelta y te darían el alto seguramente

motorista
10/03/10, 01:16:13
Hombre, podéis aplicar todas las teorías que queráis, pero si un poli te piílla tocando rodilla te puede multar por conducción temeraria, normalmente todas las curvas o tramos de curvas tienen un limite de velocidad, si lo respetas no creo que de para tocar mucha rodilla, ni que cada cual conduce de su forma, pero por su puesto que te pueden meter una receta por conducción temeraria, si te ven muy plegado en una curva, lo primero que te dirán será "esto no es un circuito y carnet de conducir" jeje

En tu caso porque te cruzaras con ellos en mitad de una curva no pasa nada, si quisieran algo darían la vuelta y te darían el alto seguramente

+++1
no está registrado el si es legal o no,pero te ponen lo de conducción temeraria,y la palabra del agente va a misa.

Vss

danieluko39
10/03/10, 02:04:19
Como ya han dicho,tumbar en exceso se interpretara como conduccion temeraria porque se suele asociar tumbar mucho a exceso de velocidad

elmaslargo
10/03/10, 13:43:35
No recuerdo nada especifico sobre máximo a tumbar.
Pero teniendo en cuenta la relación entre velocidad máxima y los radios mínimos de giro en las normas de trazado, no da para ir muy tumbado, y mucho menos descolgado, por lo que es evidente que no circulas de forma reglamentaria.
Ahora, que si no es con una prueba como una foto del radar, no te pueden multar por exceso de velocidad, por lo que lo harán por conducción temeraria.


En resumen: No te van a multar por ir a X grados de inclinación, ni por ir a X velocidad, pero lo pueden hacer por conducción manifiestamente temeraria (a juicio del agente)

Amal38
11/03/10, 09:06:54
Cuando me pongo no toco rodilla, toco con todo el cuerpo, ya puestos..jajaaaa

Skaos
11/03/10, 13:22:21
Cuando me pongo no toco rodilla, toco con todo el cuerpo, ya puestos..jajaaaa

:meparto2
Si lo hacemos,lo hacemos bien,no? :merompo:

lolocbf
11/03/10, 14:03:59
Y yo pregunto los que no descolgamos para tocar rodilla, porque no me gusta y cansa mucho, pero nos gusta tumbar la moto hasta que rozan los avisadores.....lo interpreta el sr. agente como conducción temeraria???

Skaos
11/03/10, 15:34:59
Y yo pregunto los que no descolgamos para tocar rodilla, porque no me gusta y cansa mucho, pero nos gusta tumbar la moto hasta que rozan los avisadores.....lo interpreta el sr. agente como conducción temeraria???

Yo lo intenpretaría como que estás mayor y punto... :meparto2

No te tires el rollo,que yo te conozco y no tumbas nada de nada...tanto que has decidido ponerle ruedas de coche,para que te duren más... :merompo:

Guaroj
11/03/10, 23:52:17
Yo lo intenpretaría como que estás mayor y punto... :meparto2

No te tires el rollo,que yo te conozco y no tumbas nada de nada...tanto que has decidido ponerle ruedas de coche,para que te duren más... :merompo:

jajajajajajajajajajajajajajajajajajajajajajajajaja jajajajajajajajajajajajajaajuaaaaas

WICKERDEMON
12/03/10, 13:41:43
Yo creo k puedes tumbar todo lo k kieras, de hecho a 30km/h se puede tocar rodilla, no tiene nada k ver con la velocidad, eso dependera del agente pero creo k si no vas incumpliendo los limites de velocidad o las normas de circulacion no tienen por k multar a nadie. V´sss

santuki
13/03/10, 09:25:18
Pues si quieren pueden multar añadiendo conducción temeraria, me pasó algo similar en dirección al trabajo, en la típica curva cerrada dónde saliendo de la misma nos encontramos con una bifurcación dónde aquí se colocan mucho los agentes, al ver mi trazada y sin sacar el cu** de la moto, me pararon, tuve suerte ya que conocía uno de los agentes.

Gwendor
14/03/10, 00:11:05
Eso depende del G.C. con el que te encuentres, porque los hay que te denuncian por cualquier cosa...si el tio es enrrollaete no te dirá nada, pero hay otros que tela...
V´sss

RiquiRicardo
14/03/10, 01:50:39
Para tomar 1 curva no es necesario tumbar (si vas en coche claro). Pero si vas en moto lo veo mas bien inevitable , ya que si no tumbas te vas afuera de la curva. No entiendo entonces a los agentes que llevando ellos mismos 1 moto (de la gc) te sancionen por tumbar, o por el angulo de inclinacion. En la autoescuela y en el examen tuve que inclinar la moto bastante para poder hacer los circulos y esto es necesario para poder conducir la moto de forma correcta por la via publica (dicho de otra manera, quien no sea capaz de tumbar que vaya en coche).
Otra cosa claro es que cojas la curva a 110 por hora y saliendo hagas caballito etc, pero por tumbar... si inclinar la moto es inerente a conducirla... sin inclinar la moto no se puede cojer 1 curva ni aunque vayas a 20 por hora ¿como te pueden sancionar por eso? tendrian que sancionarse ellos mismos tambien.

Faust
14/03/10, 13:19:22
Para tomar 1 curva no es necesario tumbar (si vas en coche claro). Pero si vas en moto lo veo mas bien inevitable , ya que si no tumbas te vas afuera de la curva. No entiendo entonces a los agentes que llevando ellos mismos 1 moto (de la gc) te sancionen por tumbar, o por el angulo de inclinacion. En la autoescuela y en el examen tuve que inclinar la moto bastante para poder hacer los circulos y esto es necesario para poder conducir la moto de forma correcta por la via publica (dicho de otra manera, quien no sea capaz de tumbar que vaya en coche).
Otra cosa claro es que cojas la curva a 110 por hora y saliendo hagas caballito etc, pero por tumbar... si inclinar la moto es inerente a conducirla... sin inclinar la moto no se puede cojer 1 curva ni aunque vayas a 20 por hora ¿como te pueden sancionar por eso? tendrian que sancionarse ellos mismos tambien.

No es cuestión de tumbar mas o menos, seamos realistas, la cuestión es que las curvas tienen un limite de velocidad, si lo respetas dudo que tengas que tumbar hasta tocar con los avisadores por decir algo, osea que si te ven, te meten conducción temeraria, porque no te pueden multar sin un radar, todos somos moteros y sabemos como van algunos o nosotros mismos en las carreteras con curvitas jeje es como si un coche tome las curvas con el freno de mano, temerario no, como entrar a 80kmh tumbando, tocando rodilla o lo que quieras en una curva que marca 30kmh "por poner un ejemplo"

xto
14/03/10, 13:20:38
No se las pudo haber gastado rodando en un circuito otro día?
Rossifumi seguro que no,a veces ruteamos juntos y aquí en Galicia no abundan mucho los circuitos de velocidad precisamente :jijiji:

JEMEDARI
15/03/10, 10:44:16
Hombre, podéis aplicar todas las teorías que queráis, pero si un poli te piílla tocando rodilla te puede multar por conducción temeraria, normalmente todas las curvas o tramos de curvas tienen un limite de velocidad, si lo respetas no creo que de para tocar mucha rodilla, ni que cada cual conduce de su forma, pero por su puesto que te pueden meter una receta por conducción temeraria, si te ven muy plegado en una curva, lo primero que te dirán será "esto no es un circuito y carnet de conducir" jeje

En tu caso porque te cruzaras con ellos en mitad de una curva no pasa nada, si quisieran algo darían la vuelta y te darían el alto seguramente

+1 Si te ven tumbando no creo que te digan nada pero si te ven tocando rodilla yo creo que no te escapas de la multa por "conduccion temeraria"

WICKERDEMON
15/03/10, 10:58:38
He encontado la respuesta a la pregunta ¿hasta cuanto tumbar?.

R/ hasta que te multen...

elmaslargo
15/03/10, 19:24:28
Yo creo k puedes tumbar todo lo k kieras, de hecho a 30km/h se puede tocar rodilla, no tiene nada k ver con la velocidad, eso dependera del agente pero creo k si no vas incumpliendo los limites de velocidad o las normas de circulacion no tienen por k multar a nadie. V´sss

Pues que quieres que te diga, ni he visto, ni me imagino a nadie callejeando a 30km/h tocando rodilla.


¿Cómo que la velocidad no tiene nada que ver?!!

Partimos de que en línea recta no se inclina, y en curva necesitamos inclinar la moto.

Llevando la misma velocidad, se inclinara mas cuanto mas cerrada sea una curva.

Y trazando la misma curva se inclinara mas cuanto mayor sea la velocidad a la que tomemos la curva.

Ahora bien, cuando se hace una carretera, según a la velocidad para la que esta pensada, hay que respetar unos radios de curva mínimos, y cuando por la razón que sea, hay que hacer una curva aun mas cerrada se establece según ese radio, una velocidad máxima.

En la vida real se traduce en que por ejemplo, si al construir una autovía de velocidad 120km/h para esquivar un obstáculo (una montaña, un pueblo, un acantilado,…) se tuviese que hacer una curva mas cerrada de lo permiten las normas para ir a 120km/h, se tendría que limitar ese tramo a por ejemplo a 80km/h.
Pues al pasar en moto a 80km/h no necesitas tumbarte. En cambio, si pasas por ese mismo tramo a 160km/h necesitaras tumbar hasta tocar rodilla.

He encontado la respuesta a la pregunta ¿hasta cuanto tumbar?.

R/ hasta que te multen...

Al final, ese es el verdadero límite, porque mientras que no te hagan una foto midiendo la velocidad no te pueden multar por exceso de velocidad.
Así que depende del criterio del agente para que lo haga por temeraria.

Guaroj
05/04/10, 23:10:57
Pues que quieres que te diga, ni he visto, ni me imagino a nadie callejeando a 30km/h tocando rodilla.


¿Cómo que la velocidad no tiene nada que ver?!!

Partimos de que en línea recta no se inclina, y en curva necesitamos inclinar la moto.

Llevando la misma velocidad, se inclinara mas cuanto mas cerrada sea una curva.

Y trazando la misma curva se inclinara mas cuanto mayor sea la velocidad a la que tomemos la curva.

Ahora bien, cuando se hace una carretera, según a la velocidad para la que esta pensada, hay que respetar unos radios de curva mínimos, y cuando por la razón que sea, hay que hacer una curva aun mas cerrada se establece según ese radio, una velocidad máxima.

En la vida real se traduce en que por ejemplo, si al construir una autovía de velocidad 120km/h para esquivar un obstáculo (una montaña, un pueblo, un acantilado,…) se tuviese que hacer una curva mas cerrada de lo permiten las normas para ir a 120km/h, se tendría que limitar ese tramo a por ejemplo a 80km/h.
Pues al pasar en moto a 80km/h no necesitas tumbarte. En cambio, si pasas por ese mismo tramo a 160km/h necesitaras tumbar hasta tocar rodilla.



Al final, ese es el verdadero límite, porque mientras que no te hagan una foto midiendo la velocidad no te pueden multar por exceso de velocidad.
Así que depende del criterio del agente para que lo haga por temeraria.


Todo eso suena bien, es una linda teoría, pero la realidad es que si te metes en carreteras de montaña, por ejemplo, te encontrarás en infinitas situaciones en las que sin ir muy rápido, sin hacer el bestia te verás en la situación de tener que decidir si frenar bruscamente antes de tomar una curva o descolgarte. Así de sencillo, es probable que situaciones como esta no te las encuentres en una autovía, pero en una carretera de estas más retorcidas que la mascota cobi con artritis, seguro que si!
Y no siempre te puedes fíar de la velocidad max. establecida en relacion con las curvas.

elmaslargo
05/04/10, 23:58:34
Todo eso suena bien, es una linda teoría, pero la realidad es que si te metes en carreteras de montaña, por ejemplo, te encontrarás en infinitas situaciones en las que sin ir muy rápido, sin hacer el bestia te verás en la situación de tener que decidir si frenar bruscamente antes de tomar una curva o descolgarte. Así de sencillo, es probable que situaciones como esta no te las encuentres en una autovía, pero en una carretera de estas más retorcidas que la mascota cobi con artritis, seguro que si!
Y no siempre te puedes fíar de la velocidad max. establecida en relacion con las curvas.

Es exactamente lo mismo, la velocidad se establece (en teoría) en función de las curvas y cambios de rasante. Por eso en carreteras de puertos de montaña, en vez de límites a 90, te encuentras límites de 50, 40 y hasta 30kim/h, y yendo a la velocidad marcada, no necesitas descolgarte.

WICKERDEMON
06/04/10, 08:06:09
T puedes descolgar si kieres y seguro k tocas la rodilla, un ejemplo es en alguna rotonda, no hace falta tomarla a gran velocidad para k eso ocurra, y si kereis podeis ver videos en youtibe o probarlo, y se k es verdad por k lo he visto y lo he hecho, asi k tumbar y tocar la rodilla no es de ir a 160km/h, y si no mira las curvas lentas de los circuitos...

elmaslargo
06/04/10, 09:09:46
Tu mismo lo dices (...si quieres...) pero no es necesario a la velocidad fijada.
Que conste que no me meto con nadie que quiera tumbar, solo digo lo que hay, que ya perece que soy familia del Pere Navarro...

Los videos del youtube que he encontrado son estos y...


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Esto no cuenta porque ni puede circular por la vía publica


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Este la coge por el interior para que sea mas cerrada,
va a mas de 40km/h (limite genérico en rotondas),
y aun así no llega a tumbar mucho


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Estos van pasados de velocidad


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Estos van pasados de velocidad y al final les pasa factura


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Este como si va tocando las palmas, tumba por tumbar, no porque sea imprescindible.


[Sólo los usuarios registrados pueden ver enlaces.]
Esto lo veo una inclinación normal para cuando se circula, no es necesario sacar el culo y tocar rodillas

WICKERDEMON
06/04/10, 12:20:14
Si yo no digo k sea necesario ni imprescindible, y tampoco toco en todas la curvas, de hecho es rara la vez k lo hago y solo cuando se me va la olla k es 1 vez al año, solo digo k tumbar se pude todo lo k kieras y como kieras a 30km/h k a 200km/h pero como he dicho antes el limite lo pone el agente con el k t encuentres, por eso es mejor respetar las normas de circulacion e ir con cabeza, y si hay ganas de correr en el circuito es la unica opcion, las salidas de fin de semana soy de paseo y almorzar con los colegas...

Lopez Racing
06/04/10, 12:39:26
depende el tipo de moto puedes plegar mas avajo o menos.. sobre todo los neumaticos.
xk lo que se plega con una r no se plega ocn una supermotard esta claro qeu las supermotar plega mas por qeu peudes rectificar